Fuente: Madrid/Geoscopio.
El Ministerio de Sanidad y Consumo y el Ministerio de Ciencia y Tecnología han publicado una normativa que prohíbe la comercialización y el uso del amianto (crisotilo). Esta sustancia está clasificada como cancerígena. Con esta iniciativa, el Gobierno se adelanta al plazo previsto por la Unión Europea.
La norma europea daba un plazo hasta el año 2005. La publicación de esta Orden antes de esa fecha sitúa a España al mismo nivel que otros países europeos, adelantándose al plazo previsto. La publicación de la Orden da cumplimiento al compromiso adquirido por el Ministerio con los Sindicatos para aplicar la prohibición del amianto en nuestro país antes del plazo estipulado en la Unión Europea.
El plazo previsto para la entrada en vigor de la prohibición es de 6 meses, y se introduce una prórroga de comercialización que permita comercializar durante 6 meses los productos previamente fabricados.
La exposición al amianto crisolito está asociada a enfermedades pulmonares. La mortalidad por mesotelioma, tumor directamente relacionado con el amianto, según estimaciones del Instituto Nacional de Estadística, es de 158 muertes anuales. El objetivo principal de esta nueva legislación es la protección de la salud humana frente al único tipo de amianto blanco que no estaba prohibido.
Esta nueva medida viene a completar la numerosa legislación nacional sobre trabajos con riesgo de exposición al amianto, incluidos los trabajos en demoliciones, desguaces, mantenimiento, medio ambiente, etc.
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