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EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
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Normativa Europea
 

Directiva 85/337 del Consejo, de 27 de junio de 1985, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente.

Esta directiva tenía por objeto facilitar a las autoridades la información adecuada que les permita decidir sobre un determinado proyecto con pleno conocimiento de sus impactos más significativos en el medio ambiente.

Con el paso de los años se hace patente la necesidad de ampliarla para otros supuestos inicialmente no contemplados, así en 1993 la Comisión manifiesta que es necesario introducir disposiciones destinadas a clarificar, completar y mejorar las normas relativas al procedimiento de evaluación, para garantizar que la Directiva se aplique de forma cada vez más armonizada y eficaz.

Directiva 97/11 del Consejo, de 3 de marzo de 1997, por la que se modifica la Directiva 85/337 relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente. 

Las principales modificaciones que introduce son:

  • Amplía sustancialmente los proyectos sujetos a evaluación de impacto obligatorio, al mencionar 21 categorías de proyectos en vez de los 9 mencionados en la Directiva anterior.

  • Introduce un procedimiento objetivo para decidir cuándo un proyecto debe ser objeto de evaluación mediante un estudio caso a caso o mediante umbrales o criterios fijados por los Estados.

  • Posibilita que cuando el titular del proyecto lo solicite, la autoridad competente tendrá que facilitar su opinión sobre el contenido y alcance de la información que el promotor del proyecto tenga deba suministrar.

  • Incorpora a la legislación comunitaria las principales disposiciones del convenio sobre Evaluación de Impacto en el Medio Ambiente en un contexto transfronterizo, acordado en Espoo (Finlandia) y ratificado por España en 1997.

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