Fuente: Madrid/Geoscopio
Con los nuevos métodos se podrá obtener una muestra mucho más representativa, con el fin de determinar su conformidad con los Límites Máximos de Residuos (LMR) de plaguicidas.
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen los métodos de muestreo para el control de residuos de plaguicidas en los productos de origen vegetal y animal, adaptándose así a la normativa comunitaria.
El objetivo de estos procedimientos de muestreo, según se establece en el mencionado anexo, es que se pueda obtener una muestra representativa de un lote para realizar un análisis, con el fin de determinar su conformidad con los Límites Máximos de Residuos (LMR) de plaguicidas, incorporando los métodos y procedimientos recomendados por la Comisión del Codex Alimentarius.
Los LMR para plantas, huevos o productos lácteos tienen en cuenta el nivel máximo que se prevé pueda contener una muestra compuesta, obtenida de varias unidades del producto tratado, con objeto de que represente el promedio de las unidades de un lote, mientras que para la carne y las aves se considera el nivel máximo que se prevé puedan contener los tejidos de distintos animales o aves tratados.
En consecuencia, los Límites Máximos de Residuos para productos cárnicos se aplican a una muestra a granel procedente de una sola muestra primaria, mientras que los LMR para productos de origen vegetal, huevos y productos lácteos se aplican a una muestra a granel compuesta, procedente de una a diez muestras primarias.
En cuanto a los procedimientos de muestreo, se especifican las precauciones que han de adoptarse, la recogida de muestras primarias, preparación de la muestra a granel, de la muestra analítica, envasado y almacenamiento, entre otros, así como los criterios para determinar su conformidad.
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