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Suscrito un Convenio entre el MAPA y las principales entidades financieras españolas para facilitar el equipamiento de las parcelas de los agricultores que han realizado mejoras en sus regadíos

Miércoles, 3 de Agosto de 2005



Fuente: Geoscopio/Madrid.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación aportará nueve millones de euros distribuidos en cuatro anualidades Los recursos económicos puestos a disposición de los agricultores alcanzarán la cuantía máxima de 200 millones de euros.

El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de un Convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), el Instituto de Crédito Oficial (ICO), la Sociedad Estatal de Caución Agraria (SAECA), la Confederación Española de Cajas de Ahorro (CECA), la Asociación Española de Banca (AEB), la Asociación Española de Cajas Rurales (AECR) y la Federación Nacional de Comunidades de Regantes de España (FENACORE), para establecer un marco de colaboración con el fin de facilitar el equipamiento de las parcelas de los agricultores pertenecientes a las comunidades de regantes que han realizado una actuación de mejora y consolidación de regadíos, incluida dentro del Plan Nacional de Regadíos, Horizonte-2008, bien a través de SEIASA o del MAPA directamente.

El MAPA financiará con nueve millones de euros, distribuidos en cuatro anualidades, (de 2006 a 2009), las actuaciones derivadas de este convenio marco, que se extenderán hasta el 31 de diciembre de 2009.

El Plan Nacional de Regadíos, Horizonte-2008, desarrolla en su programa de actuación la mejora y consolidación de regadíos, con el fin de crear sistemas regables compatibles con el uso de los recursos de agua y energía, a través de la gestión racional de los distintos sistemas de riego.

En este Plan no se contempla la financiación con fondos públicos del equipamiento de parcelas para aplicación del agua, recogiendo únicamente la financiación de obras hasta dichas parcelas o unidades de riego. Por ello, se pretende financiar a los agricultores pertenecientes a comunidades de regantes que, habiendo realizado inversiones en el ámbito del mismo, deseen realizar adicionalmente el equipamiento de sus parcelas.

En este sentido, este convenio marco pretende promover la suscripción de una línea de mediación del ICO con las entidades financieras que forman parte de las asociaciones firmantes del convenio y que suscriban el correspondiente contrato financiero, con objeto de proporcionar a los agricultores de las comunidades de regantes y, en su caso, a las comunidades de regantes las operaciones de préstamo necesarias, dentro de las condiciones financieras previstas en el convenio.

Los recursos económicos puestos a disposición de los agricultores alcanzarán la cuantía máxima de doscientos millones de euros, destinados al equipamiento de las parcelas y al cumplimiento del objetivo de facilitar a los agricultores los medios económicos suficientes con el fin de mejorar su competitividad en un mercado cada vez más globalizado, así como favorecer un uso más racional y económico del agua, primando para ello la instalación de sistemas de riego por goteo.

ICO
Las Asociaciones de Entidades Financieras firmantes del este Convenio, se comprometen a divulgar y promover entre sus entidades asociadas la suscripción de los correspondientes contratos financieros con el ICO para proporcionar a las Comunidades de Regantes, o regantes individuales interesados en el equipamiento de sus parcelas, que cumplan las condiciones exigidas, las operaciones de préstamo necesarias con arreglo a las siguientes condiciones:

Plazo máximo de 30 años ó 35 según el tipo de equipamiento. El importe: hasta el 95 por ciento neto del coste del equipamiento en parcela. Intereses: Euribor a seis meses más hasta 0,40 puntos, con revisión semestral del tipo de interés. Las cuotas por sistema de amortización lineal, con pagos semestrales, sin comisión de apertura ni por amortización anticipada. La garantía de la operación será aportada por cada una de las Comunidades de Regantes, en la forma en que se le requiera y la inversión debe estar realizada en un plazo máximo de un año desde la firma de la financiación, dicha inversión no puede estar iniciada antes de la formalización de la financiación.

El riesgo de las operaciones correrá a cargo de las Entidades de Crédito Mediadoras, por lo que podrán exigir cuantas garantías consideren oportunas, así como la calidad de las mismas a cada Comunidad de Regantes. Asimismo, se establece un importe máximo por regante de 180.000 euros y un mínimo de 5.000 eruros. Si el préstamo es a la Comunidad de Regantes, sus cuantías, máxima y mínima, serán las anteriores multiplicadas por el número de regantes, hasta un máximo de nueve millones de euros por Comunidad de Regantes. A los que contraten individualmente, les serán requeridas garantías personales o hipotecarias.

SAECA
El aval de SAECA, tendrá las siguientes condiciones: la cuantía máxima a garantizar será para personas físicas hasta 180.000 euros y para personas jurídicas hasta 600.000 euros. En el caso de las Comunidades de Regantes, Cooperativas, etc., en las que la inversión vaya destinada a las parcelas de sus asociados, hasta 180.000 euros por asociado, con el aval mancomunado del mismo. El plazo del aval será de un máximo de 35 años y los costes de la Comisión de estudio será del 0,35 por ciento del importe avalado, por una sola vez a la formalización del préstamo. La Comisión de gestión, del uno por ciento anual del saldo vivo del préstamo avalado.

La solicitud de aval se formulará directamente a SAECA y en el caso de que el importe del aval no supere los 24.000 euros, y sus titulares aporten un correcto cumplimiento de sus obligaciones comerciales y crediticias, SAECA como norma general no exigirá la acreditación de los bienes de su propiedad declarados.

Será necesario acreditar los bienes declarados cuando el importe del aval supere los 24.000 euros, cuando lo solicitado junto con los riesgos en vigor que pudiera mantener el titular con SAECA supere la citada cifra, cuando el grado de endeudamiento del solicitante, pueda comprometer el buen fin de la operación.


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