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Aprobado el Régimen de Explotación para el año 2007 del Acuífero de la Mancha Occidental

Martes, 6 de Febrero de 2007



Fuente: Geoscopio/Madrid.
• Recoge una extracción máxima de 200 hm3 para usos de regadío y 30 hm3 para abastecimiento a población.


- La Junta de Gobierno de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, reunida en la sede de la CHG en Badajoz, ha aprobado el Régimen de explotación, para el año 2007, del Acuífero de la Mancha Occidental, que afecta a un perímetro definido por la poligonal de los vértices: Alcázar de San Juan, Las Pedroñeras, San Clemente, Entronque carretera Villarrobledo- Munera con ramal a Sotuélamos,Membrilla, Valdepeñas,Cruce carretera Daimiel- Valdepeñas y Manzanares-Moral,Bolaños de Calatrava, Carrión de Calatrava, Malagón, Villarrubia de los Ojos y
Puerto Lápice.

Entre las medidas comprendidas en este Régimen de extracciones, y que hoy han sido aprobadas, destacamos:

Extracción máxima de 200 Hm3 para usos de regadío y 30 Hm3, para abastecimiento a población. El resto hasta los 260 Hm³ disponibles, se destinan a la recuperación de los niveles piezométricos, así como para atender las demandas para uso domésticos,industriales y ganaderos.
De los 200 Hm3 para usos de regadío, 56 Hm3 se destinarán al riego de viñedo con dotación de 800 m3/ha.

A los efectos de una explotación racional de los recursos hidráulicos y con el fin de alcanzar una agricultura sostenible que permita una adecuada rotación en los cultivos y, con carácter de excepcionalidad para el Régimen de Explotación del año 2007, se podrán concentrar en uno o varios aprovechamientos de un mismo término municipal, los recursos que como consecuencia de la aplicación de este Régimen correspondan al titular de los derechos al uso del agua. Este documento delimita las condiciones en que podrán llevarse a cabo las acumulaciones.

Para el cálculo de los volúmenes de agua utilizados se estará a lo dispuesto en el Plan de Ordenación de las Extracciones. Cuando la valoración se realice mediante contadores o procedimientos análogos, solamente tendrá validez si la lectura inicial se ha efectuado con anterioridad al inicio de la campaña de riego y está debidamente certificada por la Comunidad de Regantes o comprobada por el Servicio de Vigilancia de la Confederación Hidrográfica.

En lo que respecta a las labores de limpieza de los pozos se aplicará lo recogido en el Plan de Ordenación de Extracciones.

Este Régimen de Explotación, tendrá validez para el año 2007, pudiendo prorrogarse anualmente, por acuerdo de la Junta de Gobierno, hasta la entrada en vigor del Plan Especial del Alto Guadiana.

No obstante, podrá ser modificado si la evolución del acuífero experimentase sensibles modificaciones, o fuesen necesarios la protección y aseguramiento de los abastecimientos urbanos.

El Régimen de Explotación entrará en vigor una vez publicado en el Diario Oficial de Castilla-la Mancha, fecha a partir de la cual podrá ser consultado, integramente, en la página web de la C.H.Guadiana( www.chguadiana.es).

En otro orden de cosas indicar igualmente que, en la reunión celebrada en el día de hoy, la CHGuadiana ha sometido, a deliberación de la Junta de Gobierno, una Propuesta de Resolución por la que se establecen limitaciones en el uso de las aguas de la cuenca del río Azuer vertiente hacia el embalse del Puerto de Vallehermoso.


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